Derechos de padres e hijos en el proceso de nacimiento – Ley 25.929

Todas las instituciones públicas, privadas y de las obras sociales están obligadas a cumplir la Ley Nacional 25.929, sobre Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento, y quienes no la respeten podrán ser sancionados.

La legislación indica en artículo 4º que: El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:

a) A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.

b) A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.

c) A prestar su consentimiento manifestado por escrito para cuantos exámenes o intervenciones se quiera someter al niño o niña con fines de investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.

d) A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida siempre que no incida desfavorablemente en su salud.

e) A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.

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2 Comentarios

Lourdes

Que tal? queria sabier si la parte de la permanencia de alguien de mi confianza en el momento del parto tambien corresponde si tuve cesarea en la semana 31.. por favor necesito saber… desde ya muchas gracias… porque necesitaba mucho que mi marido este conmigo!!

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Florencia

Hola Lourdes no se mucho sobre la ley pero por ahi te sirve mi experiencia. Yo tuve a mi bebe de 31 semanas tambien. Fue cesaria de urgencia por preclamsia y mi marido estuvo conmigo en el parto. Saludos.

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